
Normativa para revisiones de equipos de elevacion.
Si nos dieran un euro cada vez que escuchamos estas dos preguntas, seríamos ricos:
• “¿Qué normativa sigo para las revisiones de mi puente grúa?”
• “¿Cada cuánto tengo que revisarlo?”
A ver, pensemos un poco en este tipo de máquinas…
• Los puentes grúa son máquinas habituales en las empresas.
• Manejan cargas y volúmenes grandes. Por eso, si aparece una avería de repente el riesgo de accidente es alto (y grave).
• Un fallo puede poner en riesgo a las personas que trabajan cerca y al resto de las instalaciones de la nave.
Los técnicos en prevención de riesgos tiemblan solo de pensarlo. Y es que no hay una normativa específica que los mencione. Pero están marcados como equipos de alto riesgo.
Si buscamos normativas, lo lógico sería mirar en la que regula los elevadores, ¿verdad? Pues no. Porque no están incluidos en sus ITCs.
Entonces, ¿qué normativas tienen que cumplir?
• RD1215/97 por tratarse de un equipo de trabajo.
• UNE 58132-5:1994 “Aparatos de elevación. Parte 5 elección del equipo eléctrico”.
• “UNE 58144-1:1997 “Aparatos de elevación de carga suspendida”.
Para estar al día en todas ellas, debes revisar tu puente grúa una vez al año.
En Veca llevamos 25 años haciendo las revisiones de los puentes grúa de nuestros clientes. Las cosas han cambiado mucho en estos años. Ahora todo está digitalizado y el acceso a los documentos es mucho más cómodo.
¿Recuerdas cómo eran estas gestiones cuando todo se hacía en papel?